Arquitectos denuncian condiciones «abusivas» en los contratos públicos - Asesoría Juridica Barcelona

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El decano del Colegio Oficial de Arquitectos de Sevilla (COAS), Ángel Díaz del Río, lamentó ayer la «indefensión» del colectivo al que representa ante las condiciones «abusivas» y «leoninas» que las administraciones públicas imponen en los contratos de estos profesionales. Díaz del Río argumentó su crítica con los datos de un informe realizado por la Oficina de Concursos y la Asesoría Jurídica de la entidad colegial sobre este particular. Así, entre las prácticas habituales que se han detectado, figuran la fijación de precios sin posibilidad de revisión, la imposición de plazos excesivamente reducidos para la entrega de trabajos, demoras en los pagos, la imposibilidad de conservar la propiedad intelectual y penalizaciones arbitrarias en la aplicación de los contratos. El decano del Coas reclama que las administraciones, tanto autonómicas como locales, universitaria y central, «cumplan con la letra y el espíritu de la Ley y se comporten con obje tividad y justicia para servir a los intereses generales», ya que considera que «se abusa de los amplios poderes que el Estado puede ejercer frente a la sociedad cayendo en la arbitrariedad, la ineficacia y el incumplimiento de la Ley».

Frente a dichas cláusulas, la única alternativa que les queda a los profesionales es aceptar, perder el trabajo, «sin negociación posible», o la vía de la denuncia. De hecho, este Colegio tiene constancia de entre 170 y 200 recursos anuales de arquitectos por «condiciones abusivas y, a veces, no acordes con la Ley».

Como expone la queja de esta entidad colegial, la casuística es muy amplia, aunque «en todos los contratos —asegura— se incluyen plazos muy reducidos para la entrega de los proyectos, cuando el artículo 127 de la Ley de Contratos de los Servicios Públicos establece que deben ser "razonables"». En este apartado, se han encontrado plazos de 15, 21, 25 ó 30 días para proyectos de construcción, reforma o rehabilitación de edificios docentes o de vivienda. Los arquitectos también ponen en tela de juicio que existe «una gran desproporción» entre el plazo del proyecto y el tiempo que duran las obras, «cuando en Europa la tendencia es a equiparar ambos tiempos. En cambio, —añaden— , en ningún contrato de los analizados se establece plazo para que la Administración los supervise, teniendo que esperar el arquitecto meses o años, en algunos casos».

Entre otros «abusos», se destaca que «el precio no es revisable», frente a lo que recoge la normativa, así como que la demora en los pagos rebasan el máximo de 50 días que fija la Ley, llegando, incluso, hasta los seis meses y usándose «subterfugios tales como supeditar al comienzo de la obra el cobro de parte de los honorarios del proyecto, incluso hasta el 50%».

En materia de propiedad intelectual, aseguran que «en ningún caso se aplica el artículo 277 de la Ley, que permite a los arquitectos negociar con la Administración los derechos de sus proyectos», mientras que en materia de penalizaciones, las administraciones «imponen, habitualmente, un régimen minucioso y exhaustivo para el arquitecto, al margen incluso de lo establecido en la Ley, en tanto no se especifica nada para la Administración contratante».

Fuente: Abcdesevilla.es

Editado por: Asesoría Juridica Barcelona

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