La Comisión de Empleo del Congreso ha rechazado  una propuesta de la Izquierda Plural (IU-ICV-CHA) para modificar la contratación a tiempo parcial, con medidas como prohibir las horas extraordinarias u obligar a que en los contratos conste el horario laboral.
Según el texto, las múltiples modificaciones que han sufrido los contratos a tiempo parcial en los años han conducido a su "desregulación", a una "permanente degradación de las condiciones de trabajo" así como a un "uso abusivo de estos contratos en fraude de ley", asegura la coalición.
Una situación que se ha visto "agravada" por la reforma laboral de los 'populares', que abrió la puerta a que los contratados a tiempo parcial puedan hacer horas extraordinarias, "de manera que se está generalizando el uso (de la contratación a tiempo parcial) no como mecanismo de creación de empleo o de reparto solidario del trabajo, sino como forma de precarización".
Por eso, IU-ICV-CHA exigía que se prohibieran las horas extraordinarias y se permitieran únicamente las complementarias limitadas, y que en los contratos se deba consignar expresamente los días en que se presta servicio y el horario ordinario, "estableciendo que, en caso contrario, se presumirá concertado por tiempo completo".
Además, reclamaba que el empleador esté obligado a comunicar al trabajador afectado y al Servicio Público de Empleo (SEPE) con carácter previo cualquier cambio en el horario establecido y que no hacerlo sea una falta motivo de sanción.
Finalmente, demandaba que se dé marcha atrás en la reducción del subsidio asistencial de desempleo para los beneficiarios provenientes de un contrato a tiempo parcial, de tal manera que se recupere el derecho a la percepción íntegra de los 426 euros mensuales. Asimismo, se pide una campaña específica de control del fraude en los contratos a tiempo parcial por parte de la Inspección de Trabajo.

Fuente: europapress.com

El TSJC confirma que Renfe tendrá que indemnizar a la viuda de un trabajador muerto por amianto

La sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado que Renfe deberá pagar una indemnización de más de 80.000 euros a la viuda de una trabajador que estuvo expuesto al amianto en su trabajo de mantenimiento de los trenes durante más de treinta años.

Lo ha hecho al rechazar un recurso de la empresa ferroviaria contra la sentencia del Juzgado Social 4 de Barcelona en el que negó su responsabilidad argumentando que su sucesora legal es Adif, y que a ella le correspondería pagar la indemnización, según ha explicado este lunes en un comunicado el Colectiu Ronda.
La sala Social del TSJC también ha ratificado otra pensión que la empresa Uralita deberá pagar a la familia de un trabajador de la empresa Rocalla S.A. --absorbida por la primera-- después de que un trabajador muriese en 1987 por un cáncer de lengua debido a la inhalación continuada de polvo de amianto.

Fuente: www.elderecho.com
UN JUEZ CONDENA A ENSEÑANZA POR NEGAR EL DERECHO DE LACTANCIA 
M. A., profesora interina sustituta, solicitó el pasado 13 de febrero el permiso de lactancia. Un día después el Departamento de Enseñanza le comunicó que se lo denegaba por no trabajar a jornada completa —la docente tiene contrato del 86% del horario. El sindicato UGT llevó el caso a los tribunales por considerarlo discriminatorio y el juez ha dado la razón a la profesora. La sentencia obliga a la Generalitat a concederle el permiso o, en el caso que esto ya no sea posible —porque el periodo de lactancia ya haya pasado—, a compensarlo con días libres o con una indemnización económica.
“Es contrario al principio de igualdad que el empleado público a jornada completa, sea funcionario de carrera o no, lo disfrute, mientras que el personal interino, que por imperativo legal no realiza la jornada completa aplicándose un porcentaje de reducción, no pueda realizarlo”, constata la sentencia del juzgado contencioso administrativo 11 de Barcelona, que declara “la lesión del derecho fundamental” de igualdad reconocido por la Constitución.
Pero uno de los aspectos que tiene en cuenta especialmente el juez es que esta reducción de jornada no es voluntaria, sino impuesta por normativa. La Generalitat decidió aplicar desde el curso pasado un recorte del 14% en el horario y el sueldo de los sustitutos. Con esta medida, Enseñanza se podría ahorrar unos 12 millones anuales, según cálculos del sindicato CC OO.
El objetivo de este criterio, según defendía la Generalitat en sus alegaciones, es “evitar el efecto perverso que puede producirse en la organización del servicio público educativo por la acumulación por parte del sustituto de reducciones de jornada y de permisos de lactancia”.A pesar de esta imposición, el Departamento que dirige Irene Rigau decidió que los docentes “que quieran disfrutar de cualquier reducción de jornada o permiso de lactancia solo podrán ocupar puestos de trabajo con jornada entera”, según consta en los criterios para la gestión de la bolsa de trabajo del personal docente para el curso 2012-13.
Pero el juez discrepa. “Se ha impuesto por criterios económicos una restricción a costa de la mujer trabajadora en casos de maternidad y ello es un obstáculo injustificado para la permanencia en el empleo, en este caso interino, y para la compatibilidad de su vida profesional con su vida familiar, y en tal sentido constituye una discriminación indirecta por razón de sexo”, razona el magistrado en la sentencia con fecha del pasado 30 de octubre.
Fuente: www.elpais.com