Se convoca la prueba de evaluación de la aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de Abogado para el año 2015.- Asesoría Jurídica en Barcelona


Orden PRE/202/2015, de 9 de febrero, por la que se convoca la prueba de evaluación de la aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de Abogado para el año 2015, de conformidad con lo establecido en la Ley 34/2006, de 30 de octubre y el art. 18 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 775/2011, de 3 de junio.
La prueba está dirigida a comprobar la formación suficiente para el ejercicio de la profesión, el conocimiento de las respectivas normas deontológicas y profesionales y en particular la adquisición de las competencias previstas en los cursos de formación impartidos por universidades o escuelas de práctica jurídica debidamente acreditadas.
A este respecto, se anexa el programa de materias sobre el que se evaluará a los candidatos.
Requisitos de los candidatos
Podrán concurrir a la prueba de evaluación quienes reúnan los siguientes requisitos a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes:
  • Estar en posesión de  título de Licenciado en Derecho, Graduado en Derecho o de otro título universitario de Grado equivalente. Cuando la titulación se haya obtenido en el extranjero deberá estar previamente homologada.
  • Haber superado los cursos de formación comprensivos del conjunto de competencias necesarias para el ejercicio de la profesión de abogado y el período de prácticas externas tuteladas.
  • Ser mayor de edad y no estar inhabilitado para el ejercicio de la profesión de Abogado
La participación en la prueba, que no contiene limitación alguna en el número de plazas, es gratuita.
Comisiones evaluadoras
Se constituyen seis comisiones evaluadoras (CA Cataluña, CA Andalucía, CA Galicia, CA País Vasco, CA Asturias y, atendiendo al número de aspirantes, ciudad de Madrid), que dependen funcionalmente del Ministerio de Justicia y que deberán resolver las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de la prueba.
Desarrollo de la prueba
La evaluación consistirá en una prueba escrita objetiva de contenido teórico-práctico con contestaciones o respuestas múltiples cuya duración será de cuatro horas.
A los aspirantes se les entregará un cuaderno de examen, que contendrá:
a) 50 preguntas sobre las materias que figuran en el apartado A «Materias comunes al ejercicio de la profesión de abogado» del anexo II de la convocatoria.
b) 25 preguntas sobre una especialidad jurídica a elegir entre las cuatro que figuran en el apartado B, «Materias específicas», del anexo II de la convocatoria.
c) Además, el cuestionario incluirá seis preguntas de reserva, para el apartado A «Materias comunes ejercicio de la profesión de abogado» del anexo II de la presente convocatoria, y dos por cada especialidad jurídica del apartado B, «Materias específicas» del citado anexo II.
Calificación final: Apto o no apto
Cada aspirante recibirá su calificación final de la evaluación de forma individualizada y anónima a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia https://sede.mjusticia.gob.es 
La calificación final resultará de la media ponderada entre el 70 % de la calificación obtenida en la prueba de evaluación y el 30 % de la nota obtenida en el curso de formación especializada, no siendo necesario obtener una nota mínima en la prueba de evaluación para efectuar la media ponderada.
La nota final de la evaluación será de apto o no apto.
Para obtener la calificación de apto será necesario obtener una nota igual o superior al 50 % de la media ponderada de ambas calificaciones en base 10, esto es, 5 puntos.
La calificación de no apto no impedirá la participación en futuras convocatorias.

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