Aprobada la nueva Directiva europea que permitirá una mejor movilidad de los profesionales
La revisión efectuada durante estos años tenía como objetivo hacer más eficiente el sistema de reconocimiento mutuo de las cualificaciones existente en la Unión Europea (UE) y, con ello, facilitar una mayor y mejor movilidad de los trabajadores cualificados en la UE.
Entre las principales novedades que recoge la nueva Directiva se encuentra la creación de una tarjeta profesional europea que, como certificado electrónico, ofrecerá a los profesionales interesados la posibilidad de beneficiarse de un reconocimiento de sus cualificaciones más fácil y rápido. Esta tarjeta está asociada a un procedimiento de reconocimiento optimizado y desarrollado a través del Sistema de Información del Mercado Interior (IMI).
La Directiva revisada incorpora el principio de acceso parcial para determinadas profesiones e introduce algunos cambios en la definición de los requisitos mínimos de formación para las profesiones que se benefician del reconocimiento automático de sus cualificaciones. La Directiva incluye también el fomento y mayor transparencia del Desarrollo Profesional Continuo de estas profesiones que gozan de reconocimiento automático.
Dada la importancia de esta Directiva, Unión Profesional (UP), asociación que agrupa a las profesiones colegiadas españolas, ha participado en las diferentes fases del proceso de modernización resaltando, entre otras cuestiones, la necesidad de reforzar el papel de las organizaciones profesionales en los procesos de reconocimiento.
Como se ha puesto de manifiesto durante su tramitación, la agilización y simplificación de trámites y requisitos debe compatibilizarse siempre con el más alto nivel de calidad de formación y cualificaciones profesionales, en beneficio del interés general y la protección de los derechos de usuarios, clientes y ciudadanos. De ahí el papel de la participación activa de las organizaciones profesionales en los procesos de reconocimiento como organismos competentes y, en cualquier caso, como centros de asistencia, ya que son agentes clave para el buen funcionamiento del sistema general y de los procedimientos de carácter automático.
Se desarrollarán asimismo marcos comunes de formación que, tal y como había sido solicitado desde UP, podrán ser propuestos por las organizaciones profesionales representativas, a nivel nacional o de la UE. Las cualificaciones obtenidas en estos marcos, sobre la base de un conjunto de conocimientos, habilidades y competencias o pruebas de formación estandarizados, serán automáticamente reconocidas por los Estados miembros.

Asimismo, se prevé un ejercicio de evaluación mutua de las profesiones reguladas y se detalla un mecanismo de alerta entre autoridades competentes en relación a aquellos profesionales que hayan sido suspendidos de ejercicio o que hayan hecho uso de documentación falsificada. Se clarifican, por otra parte, los requisitos lingüísticos exigibles a los profesionales.

Fuente: www.elderecho.com

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